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Blog · Trámites y costos

Verificación física del automotor en Mendoza

Verificación física del automotor en Mendoza: cuándo es obligatoria para transferir, dónde se hace, qué llevar a la planta y cuánto vale el formulario.

7 min de lecturaEquipo Raina Automotores
Asesor de Raina Automotores en su escritorio frente al logo de la concesionaria
En este artículo

En pocas palabras

La verificación física del automotor es el control en el que un perito constata que los números de motor y chasis coincidan con la documentación del vehículo. Según el Digesto de la DNRPA, es obligatoria antes de transferir un auto inscripto inicialmente desde el 1 de enero de 2001. En Mendoza se hace con turno previo, en plantas que dependen del Ministerio de Seguridad provincial.

Comprar o vender un usado tiene un paso que se resuelve fuera del Registro: llevar el auto a una planta verificadora. Conviene no dejarlo para el final, porque el Registro pide el formulario ya hecho.

Qué es la verificación física del automotor

Es una revisión del vehículo para constatar que el número de motor, el de chasis y el tipo de automotor coincidan con lo que dice su documentación, según la descripción de la DNRPA. Se hace en plantas a cargo de peritos de las policías federal y provinciales y de Gendarmería, autorizados por la Dirección Nacional.

El resultado se vuelca en la Solicitud Tipo 12 y, según la misma fuente, se entrega en el momento. No evalúa el estado mecánico del auto: responde una sola pregunta, si la unidad que tenés adelante es la que figura en el legajo registral.

Cuándo es obligatoria para transferir

El Digesto de Normas Técnico-Registrales de la DNRPA, en su Título I, Capítulo VII, enumera los trámites que la exigen. Para una compraventa común entre particulares, el caso central es la transferencia de automotores inscriptos inicialmente a partir del 1 de enero de 2001.

Trámites que exigen verificación previa, según el Digesto de la DNRPA
TrámiteDesde cuándo se exige
Transferencia de un automotorInscripción inicial desde el 1 de enero de 2001
Transferencia de un motovehículo, nacional o importadoInscripción inicial desde el 1 de enero de 2004
Transferencia de un vehículo de carga o de pasajerosInscripción inicial desde el 1 de enero de 1995
Transferencia sin presentar el Título del AutomotorEn todos los casos
Transferencia pedida en el Registro de la futura radicaciónEn todos los casos
Inscripción inicial de un 0 kilómetroEn todos los casos

Qué transferencias están exceptuadas

El mismo Capítulo VII trae una lista de trámites que no la necesitan aunque se trate de una transferencia.

Cuatro excepciones frecuentes

01

Reventa dentro de los 45 días

La Disposición 10/2024 de la DNRPA exceptúa las transferencias pedidas dentro de los 45 días corridos desde la última transferencia en la que se verificó la unidad, si esa verificación sigue vigente.

02

Entre familiares

El Digesto exceptúa la transferencia entre familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad.

03

Herencias y condominios

Tampoco se exige en la adjudicación por sucesión del titular registral, entre condóminos ni entre cónyuges por disolución de la sociedad conyugal.

04

Opción de compra de un leasing

La transferencia a favor del tomador de un leasing que ejerce la opción de compra está en la misma lista.

Dónde se hace en Mendoza y qué llevar

La DNRPA informa que, desde el 8 de enero de 2024, las plantas verificadoras de Mendoza están a cargo exclusivamente del Ministerio de Seguridad, y que el turno se pide en el sistema online al que remite su sitio.

Se puede verificar en la planta del lugar donde está radicado el auto o en la de su futura radicación. Si la unidad está a más de 100 kilómetros en línea recta de esas plantas, el Digesto permite hacerlo en cualquier planta habilitada del país, con un control posterior del Encargado del Registro.

Una verificación hecha en cualquier planta de la provincia vale para todos los Registros Seccionales de esa provincia, agrega la DNRPA, y la verificación digital, con Solicitud Tipo 12-D, vale ante los Registros de todo el país.

Qué se presenta en la planta verificadora
ElementoDetalle
El vehículoEl perito lee los números de motor y de chasis
Solicitud Tipo 12Es el formulario propio de la verificación
Título o Cédula de IdentificaciónEl Digesto admite cualquiera de los dos; sin ellos hace falta autorización del Encargado del Registro
Documento de identidadDNI para argentinos, y pasaporte o DNI según el caso para extranjeros. La constancia de documento en trámite no acredita identidad

Cuánto cuesta y cuánto dura

El listado de solicitudes tipo y formularios que publica la DNRPA, firmado en enero de 2026, fija la Solicitud Tipo 12 de Verificación Policial en $ 7.700, el mismo valor que la Solicitud Tipo 12-D para un 0 kilómetro. Para motovehículos en papel indica $ 2.300.

Ese es el precio del formulario, no de todo el trámite: los Registros Seccionales están autorizados a venderlo con un incremento de hasta 20 % sobre el valor del listado, y lo que cobre cada planta por el servicio no figura ahí.

Una vez hecha, la verificación vale 150 días hábiles administrativos, según el Digesto. Los peritajes, que la reemplazan cuando el motor o el chasis llevan una codificación RPA, valen 30 días hábiles.

No es lo mismo que la RTO

La Revisión Técnica Obligatoria es otro trámite y se confunde seguido con este. El sitio oficial de la RTO en Mendoza la define como una inspección mecánica y técnica que determina si el vehículo cumple las condiciones mínimas de seguridad, con talleres y turnos propios. La verificación física no dice nada sobre frenos, luces ni neumáticos: la RTO sirve para circular, la verificación para inscribir la transferencia.

Qué pasa si la verificación sale observada

Si el perito encuentra una diferencia, la anota en todos los ejemplares de la Solicitud Tipo 12 y aclara si la causa parece legítima. El Digesto prevé que el Encargado del Registro pida una nueva verificación y, en casos de numeración regrabada o ilegible, ordene el grabado de una codificación de identificación RPA para destrabar el trámite.

Por eso conviene verificar antes de cerrar la operación: el Digesto habilita a cualquiera de las partes a pedirla aunque el trámite no la exija. El orden que menos sorpresas da es informe de dominio, turno de verificación y recién después el Registro. En una operación con Raina, los pasos y los tiempos de cada caso los confirma un asesor.

Si todavía estás comparando unidades, en el catálogo de usados vas a ver el año, los kilómetros y la sucursal de cada auto, que es el dato con el que después se arman los trámites.

Preguntas frecuentes

¿La verificación es obligatoria para un auto patentado antes de 2001?

Las fuentes oficiales no coinciden. El Digesto vigente de la DNRPA y la página del trámite en argentina.gob.ar la exigen para automotores inscriptos inicialmente desde el 1 de enero de 2001, mientras que la Guía de Trámites de la propia DNRPA menciona el 1 de enero de 1985. Conviene confirmarlo en el Registro Seccional antes de pedir el turno.

¿Cuánto tiempo vale una verificación física?

Según el Digesto de la DNRPA, 150 días hábiles administrativos. Si el auto se vuelve a transferir enseguida, la Disposición 10/2024 exceptúa de una nueva verificación a las transferencias pedidas dentro de los 45 días corridos desde la anterior, siempre que la verificación presentada entonces siga vigente.

¿La verificación física y la RTO son lo mismo?

No. La RTO es una inspección mecánica y técnica del estado del vehículo, con talleres y turnos propios en Mendoza. La verificación física solo constata que los números de motor y chasis coincidan con la documentación, y es la que pide el Registro para inscribir una transferencia.

¿Hace falta un gestor para hacer la verificación?

No. La DNRPA aclara que el trámite de verificación policial se realiza íntegramente dentro de las plantas habilitadas, sin intervención de gestores ni de terceras personas. Se presenta el vehículo, la Solicitud Tipo 12, el Título o la cédula y el documento de identidad.

Fuentes consultadas

  1. Verificación física del automotor · DNRPA
  2. Digesto de Normas Técnico-Registrales, Título I, Capítulo VII · DNRPA
  3. Hacer la transferencia de dominio de un auto, moto o maquinaria · Argentina.gob.ar
  4. Disposición 10/2024 de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor · Argentina.gob.ar
  5. Plantas Verificadoras · DNRPA
  6. Anexo II, elementos registrales, solicitudes tipo y formularios · DNRPA
  7. Revisión Técnica Obligatoria · Gobierno de Mendoza